INTEGRANTES COMITÉ ETICA Y DISCIPLINA PERIODO 2024-2026

NELLY GAJARDO ROJAS
PRESIDENTE
MARISOL LOYOLA MEDEL
SECRETARIA
NORMA CID MUÑOZ
INTEGRANTE

 

FUNCIONES DEL COMITE DE ETICA Y DISCIPLINA

 

Función del Comité de Ética y Disciplina

Corresponde al Comité de Ética y Disciplina de COPROCH A.G. velar por el estricto cumplimientote los principios éticos y el debido prestigio y la conveniente seguridad que debe rodear las funciones de confianza propias a las actividades de los Corredores de Propiedades, Gestores inmobiliarios, administradores de Condominios, Asesores y Tasadores Inmobiliarios Asociados a COPROCH A.G., en sus relaciones con los clientes, otros asociados, colegas de actividad no asociados y con el publico en general que acude a solicitar sus servicios.
Corresponde además al señalado comité velar por la unidad gremial, la integridad patrimonial y el prestigio de la Asociación.

Facultades del Comité de Ética y Disciplina

Para el cumplimiento de las funciones señaladas, el Comité de Ética y Disciplina esta facultado para juzgar y sancionar toda conducta de un asociado o grupo de asociados que lesione los principios señalados precedentemente o que vulnere la unidad gremial, afecte el patrimonio de la Asociación o dañe el prestigio institucional, en conformidad a la Ley, estos Estatutos y el Reglamento de Ética y Disciplina, que se tiene como integrante del mismo y que es conocido y aceptado por todos los asociados.

Quiénes Pueden Denunciar

Cualquier asociado a COPROCH A.G., cualquier colega de actividad no asociado, cualquier particular, o el Presidente de COPROCH, con acuerdo de los dos tercios de los Directores en ejercicio, podrá denunciar a un socio o grupo de socios de la Institución, mediante una presentación escrita que contendrá una relación de los hechos y la infracción de la cual serían constitutivos.

Infracciones

El Comité de Ética y Disciplina esta facultado para juzgar y sancionar toda conducta de un asociado o grupo de asociados que incurran en acciones u omisiones voluntarias, que importen infracciones a sus obligaciones de tales, conforme a lo señalado en la Ley, estos estatutos y en el Reglamento de Ética y Disciplina, según la siguiente escala de atención a la gravedad de las mismas:
– Infracciones leves.
– Infracciones graves.
– Infracciones gravísimas.
Todas estas contenidas y detalladas en el Titulo Séptimo Artículo Quincuagésimo sexto de los Estatutos de Coproch A.G.